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ACOFES - Jornada responsabilidad penal de las empresas
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha inaugurado la Jornada sobre la Responsabilidad penal de las empresas, organizada por ACOFES (Asociación de Compliance Officers de España) y celebrada en Madrid con un auditorio completamente lleno. El ministro, en su alocución, hizo referencia a que las reformas llevadas a cabo por el Gobierno de España en los últimos años han sido orientadas a la modernización de las empresas y orientadas a la lucha contra la corrupción y la recuperación exterior de la confianza en la economía española.
“El día 9 de diciembre, la ONU celebra el día internacional contra la corrupción. Eso habla de la importancia del tema en todo el mundo. Es un fenómeno social, político y económico que puede socavar democracias y estados de derecho”, añadió el señor Catalá.
“El fin es crear seguridad jurídica para atraer inversores. La seguridad jurídica y la estabilidad son piezas claves en la eficacia económica. En este contexto está encaminada la reforma del Código Penal de 2015. El modelo de la responsabilidad penal de las personas jurídicas no tiene un sentido punitivo sino preventivo. El ejercicio de la responsabilidad pública y privada debe estar sometida a la defensa de los valores: ética y responsabilidad”, comentó el ministro.
“Las encuestas del CIS y otras privadas dicen que la corrupción preocupa a la sociedad española. La lucha contra la corrupción es un objetivo primordial del Gobierno dentro de su plan de regeneración democrática. La corrupción se ha traducido en una merma de nuestros derechos”, concluyó.
La jornada, con el patrocinio de ALSA, tuvo como primer ponente al presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena. Bajo el título de “La empresa como responsable penal”, Marchena argumento que “la responsabilidad de la persona jurídica es un terreno resbaladizo y ha supuesto una revolución en los conceptos más elementales. Ha sido necesario reordenar los conceptos que nos han dado seguridad hasta ahora”.
“Igual que en su día la Ley del Jurado nos descolocó y no le encontrábamos sentido, con la responsabilidad penal de las empresas pasa igual. El jurado había que hacerlo funcionar y ahora funciona más o menos correctamente; con esta ley pasará igual. Habrá que hacerla funcionar. La asumimos con todas sus consecuencias. Un Compliance no es un mecanismo para blindar la imputación del delito. El Plan de Compliance de una empresa será lo primero que pida un juez instructor en la investigación de un delito societario; la respuesta negativa a la existencia de ese plan ya es una evidencia de indicio de no tratar de evitar el delito”, concluyó.
El Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Antonio del Moral y el Magistrado Alejandro Abascal disertaron sobre las penas y el proceso a que se enfrentan las personas jurídicas. Multas, disolución, suspensión de actividad, clausura de locales, intervención de la compañía e inhabilitación para concursar y obtener subvenciones o ayudas públicas son las consecuencias de los delitos atribuibles a las empresas. “La responsabilidad de las empresas está para asustar, como el código penal está para asustar. Porque lo que realmente preocupa a las empresas no son las penas sino el riesgo reputacional”, afirmó Del Moral.
Carlos Bautista, fiscal de la Audiencia Nacional y Juan Pavía, fiscal Anticorrupción, versaron sobre los delitos que pueden cometer las empresas. El blanqueo de capitales y los delitos de corrupción en los negocios son las tipificadas. Aunque a día de hoy todavía no hay ninguna sentencia -sí hay investigaciones en curso-, las garantías internacionales exigen el control de estos delitos en las empresas. Alemania es el país donde más sentencias han sido formuladas con cerca de cien sentencias, por delante de Estados Unidos. El Plan Compliance se hace imprescindible.
Eloy Velasco, magistrado instructor Audiencia Nacional, disertó sobre las funciones y responsabilidades de los Compliance Officers, y los canales de denuncia. Velasco hizo hincapié en el cumplimiento de los códigos éticos de conducta y los sistemas de control. “Actualmente la Fiscalía lleva 70 imputaciones de empresas. De ellas, el 90% de los presuntos delitos fueron realizados por directivos y sólo el 10% por subordinados”, dijo. Las empresas pueden incurrir en hasta 26 categorías de delitos diferentes. “Normalmente el Compliance tendría que ser designado y poder representar en juicio a la persona jurídica. El Compliance debe ser asesor más de la dirección de que de los empleados”, añadió. “El Compliance no es responsable, es garante. Su obligación es la de avisar para impedir la comisión de delitos. Si el Compliance fuera responsable, la figura no existiría, nadie querrá ejercerla”, finalizó.
La jornada contó con la colaboración de Colón de Carvajal Abogados, Crowe Horwath, Jones Day, Hotels Intercontinental, Crambo y CMC XXI.